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DOCUMENTOS PARA ELABORAR CONTRATO PROPIETARIO

Documentos Propietario PERSONA NATURAL

  1. Fotocopia de la cédula propietario
  2. Certificado de tradición y libertad (Original no mayor a 30 días)
  3. Fotocopia facturas servicios públicos Agua, Luz, Gas. (últimas al día) 
  4. Fotocopia de recibo de Internet o Traslado
  5. Fotocopia declaración renta (si aplica)
  6. Paz y salvo de la administración (si aplica)
  7. Certificación Bancaria
  8. Rut
  9.  Diligencie Aquí el  : Formulario Sarlaf Persona Natual 2024  

NOTA: Una vez diligenciado el formulario llegara a su mail un mensaje de SIGNIO con el formulario para descargar y enviar.

 

Documentos Propietario PERSONA JURIDICA

  1. Cámara de Comercio menor a 30 días
  2. Rut
  3. Copia de la Cedula Representante Legal
  4. Declaración de Renta
  5. Certificación Bancaria
  6. Formulario Sarlaft (original con firma y huella) Anexo
  7. Fotocopia facturas servicios públicos Agua, Luz, Gas. (últimas al día) 
  8. Fotocopia de recibo de Internet o Traslado
  9. Paz y salvo de la administración (si aplica)
  10. Descargue aqui el formulario y  diligenciar COMPLETO con firma y huella: Formulario_Propietario_Persona_Juridica_2024.pdf
  11. Video Instructivo VER AQUI

 

LEY 820 DE 2003.

OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. ​​​​​​- ARTÍCULO 8o. Son obligaciones del arrendador, las siguientes:

1. Entregar al arrendatario en la fecha convenida, o en el momento de la celebración del contrato, el inmueble dado en arrendamiento en buen estado de servicio, seguridad y sanidad y poner a su disposición los servicios, cosas o usos conexos y los adicionales convenidos.

2. Mantener en el inmueble los servicios, las cosas y los usos conexos y adicionales en buen estado de servir para el fin convenido en el contrato.

3. Cuando el contrato de arrendamiento de vivienda urbana conste por escrito, el arrendador deberá suministrar tanto al arrendatario como al codeudor, cuando sea el caso, copia del mismo con firmas originales. Esta obligación deberá ser satisfecha en el plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la fecha de celebración del contrato.

4. Cuando se trate de viviendas sometidas a régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá entregar al arrendatario una copia de la parte normativa del mismo. En el caso de vivienda compartida, el arrendador tiene además, la obligación de mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento, de seguridad y de sanidad las zonas o servicios de uso común y de efectuar por su cuenta las reparaciones y sustituciones necesarias, cuando no sean atribuibles a los arrendatarios, y de garantizar el mantenimiento del orden interno de la vivienda;

5. Las demás obligaciones consagradas para los arrendadores en el Capítulo II, Título XXVI, Libro 4 del Código Civil.


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