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PORTAFOLIO SEGUROS DE ARRIENDO

   ¿A QUIÉNES BENEFICIA UN SEGURO DE ARRENDAMIENTO?

¡No asumas riesgos innecesarios!

¡Inicia el trámite con nosotros de manera fácil con Arriendos!

El Seguro de Arrendamiento es un producto destinado a suplir las necesidades de las partes, que en ocasión de un contrato de arrendamiento se requiera garantizar el pago de los cánones mensuales, cuotas de administración y servicios públicos domiciliarios. Este seguro puede ser adquirido para el arrendamiento de apartamentos, casas, oficinas, bodegas y lotes urbanos.

PROPIETARIOS

Asegura tu patrimonio y vive tranquilo, cuenta con una solución integral en materia de seguros, para proteger la renta derivada de contratos de arrendamiento.

  • No pago del arriendo por parte del inquilino.
  • No pago de servicios públicos y los cargos de reconexión correspondientes.
  • No pago de las cuotas de administración por parte del inquilino.
  • Ocupación forzada, si el inquilino no desocupa tu casa, apartamento, bodega o local comercial.

Necesidad de contratación de abogados para iniciar un proceso de restitución de tu inmueble, y los honorarios correspondientes.

Impedimento de los codeudores de tu inquilino, cuando son fiadores de profesión o los documentos aportados son falsos.

INQUILINOS

Como inquilino ahorras tiempo y dinero. Puedes iniciar el trámite en línea de manera fácil y segura, sin pagar por los formularios o el estudio. Además, recibirás asesoría de nuestros expertos y la mejor atención presencial y en línea. Conoce los requisitos y coberturas para que arriendes tranquilo.

COBERTURAS

Sujeto a las condiciones generales de la póliza, garantizamos el pago de las siguientes obligaciones dinerarias en cabeza del arrendatario:

AMPARO BÁSICO

Ampara al asegurado contra el incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento o rentas por parte del arrendatario durante la vigencia de la póliza, así como sus reajustes, pactados debidamente en el contrato de arrendamiento, en el cual el asegurado descrito en la carátula de la presente póliza tenga la calidad de arrendador, y cuya solicitud de seguro haya sido estudiada y aprobada por la compañía.

AMPARO DE CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN

Ampara las cuotas de administración a cargo del arrendatario, siempre y cuando se hayan pactado previamente como amparo adicional y se haya establecido en la carátula de la póliza, o en anexo y/o certificado separado. Las cuotas deberán encontrarse debidamente pactadas de manera clara en el contrato de arrendamiento asegurado, fijando un término perentorio para su pago y, siempre y cuando, el eventual incumplimiento en el pago de las cuotas ocurra durante la vigencia de la póliza.

AMPARO DE SERVICIOS PÚBLICOS

Ampara el pago, a favor del asegurado, de los saldos por concepto de servicios públicos no pagados que el arrendatario adeude al momento de la desocupación del inmueble arrendado. Mediante el presente amparo se cubren también las sumas que se adeuden al momento de la desocupación del inmueble arrendado, por concepto de reconexión y reinstalación que se originen como consecuencia del incumplimiento en el pago por parte del arrendatario.

AMPARO DE IVA

Ampara el IVA (Impuesto al Valor Agregado) respecto del inmueble con destinación comercial, a través del cual se indemnizará al asegurado contra el incumplimiento en el pago de este impuesto por parte del arrendatario durante la vigencia de la póliza.

FALTANTES DE INVENTARIO PARA INMUEBLES DE VIVIENDA:

Cubre los inventarios que falten en el inmueble al momento de la entrega. Estos faltantes de inventario deben ser entendidos como los elementos de dotación y accesorios que componen el inmueble dado en arrendamiento, inventariados por escrito elaborado por EL ASEGURADO, al momento de entregar el inmueble y suscribir la póliza de arrendamiento.

Nota: Para otorgar el amparo se debe contar con el inventario.

AMPARO DE ASISTENCIA AL HOGAR

Modalidad 5 eventos vigencia póliza: Se garantiza la puesta a disposición del asegurado de una ayuda material inmediata, en forma de prestación económica o de servicios, con el fin de limitar y controlar los daños a consecuencia de un evento fortuito derivado de las siguientes coberturas, en un todo, de acuerdo con los términos, condiciones y limites consignados en el anexo respectivo:

  • Cobertura límite SMLDV:
  • Plomería 20
  • Electricidad 20
  • Cerrajería 20
  • Vidrios 20

Asistencia jurídica telefónica especializada en ley 820 de 2003

Limite de eventos: El amparo otorga cobertura de hasta 5 eventos por vigencia anual de la póliza, como límite único global.

* Sólo aplica para inmuebles de vivienda a nivel nacional.

 

 301 205 7927 -  321 9975662 

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